#ElPerúQueQueremos

Julio a. castro garcía ( www.patentes.com.pe )

Porqué deben retirar el actual Logo "1" del ex Diario La Pr1mera

Publicado: 2014-06-11

Como es de público conocimiento, el pasado 28 de mayo el ex Diario La Pr1mera hizo un cambio en su Logotipo por un mandato del INDECOPI a raíz de la denuncia presentada por JOSÉ LOLAS MIANI por infracción de sus marcas registradas con distintos logos "LA PR1MERA".

Sin embargo, Editorial Nilai S.A.C., empresa editora del ex Diario La Pr1mera, en forma burda hizo un ligero cambio en el logotipo, manteniendo el MISMO IMPACTO VISUAL del anterior logotipo, IDÉNTICO A LA MARCA REGISTRADA tal como se puede apreciar en el siguiente parangón:

Cuadro comparativo del antes y después del logotipo "la pr1mera"

Donde podemos observar que gráficamente se mantiene: (i) nuestro Logotipo Cuadrangular con el número “1” ( UNO ) al centro y destacando en el cuadrado; (ii) la banderita peruana en el ángulo superior del cuadrado; (iii) el trazo de color negro y horizontal encabezando el cuadrado y; sobretodo, (iv) la misma combinación de colores negro, rojo y blanco, creando un impacto visual casi idéntico. 

Luego, fonéticamente observamos que sigue la confusión cuando en el logotipo usado actualmente por la denunciada el público seguirá designando sus diarios como “uno” o su equivalente “primero” o “primera”, como viene sucediendo.

Sin embargo, la confusión más clara se da en el aspecto conceptual cuando observamos que ambos signos son mixtos y tienen al número “1” ( UNO ) como elemento denominativo. En todos los casos, que se diga “UNO”, “PRIMERO” ó “PRIMERA” estamos evocando el mismo concepto o idea y se tratan que son SINÓNIMOS.

Más aún, cuando nuestro signo tiene a la denominación “la PR1MERA” dentro del número “1” en el logotipo mayor y la denominación “La 1ra” ( con el número 1 destacando en todo el emblema ) reforzando el significado o concepto de ser “LA PRIMERA” y evocando de manera espontánea el número “1” ( UNO ), como sucede con el signo objeto de cuestionamiento y por el que el público consumidor lo tomará como una VARIACIÓN de nuestras marcas registradas.

Conforme lo ha determinado el Tribunal Andino en el Proceso 27-IP-96 el aspecto conceptual puede ser determinante en la comparación de signos denominativos . Así, “si un signo o designación tienen un contenido conceptual, esta palabra representa para el consumidor una posibilidad de una más rápida memorización que otra que carezca de tal contenido. En tal sentido, si el contenido ideológico o conceptual de los signos es de conocimiento generalizado en el público consumidor, es de entenderse que este medio comparativo puede ser de aplicación preferente sobre los otros aspectos”.

Asimismo, en el Proceso 167-IP-2006 , el Tribunal Andino ha señalado que “la similitud ideológica se produce entre signos que evocan la misma o similar idea, que deriva del contenido o del parecido conceptual de los signos. Por tanto, cuando los signos representan o evocan una misma cosa, característica o idea, se estaría impidiendo al consumidor distinguir una de otra”.

En ese sentido, Editorial Nilai S.A.C. debe proceder a retirar la variación del logotipo que viene utilizando a la fecha por cuya motivo también sus representantes y director del diario estarían siendo denunciados penalmente por violación de una marca registrada.



Escrito por

JULIO CASTRO GARCÍA

Abogado experto en Marcas & Patentes, Derecho de Autor,Competencia Desleal y en temas de INDECOPI. WWW.PATENTES.COM.PE


Publicado en

Temas Marcarios de Casos en INDECOPI.

Otro blog más de Lamula.pe