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Columna del Dr. julio castro garcía   www.patentes.com.pe

INDECOPI EN NUEVA RESOLUCIÓN DEL 23 DE JUNIO ACABA DE PROHIBIR A EX DIARIO "LA PR1MERA" DE ARTURO BELAUNDE USAR LOGOTIPO DEL "1" Y DOMINIO WWW.LAPRIMERAPERU.PE COMO MARCAS.

Sobre el Caso del Logotipo del ex diario "La Pr1mera" de Editorial Nilai S.A.C.

Julio A. Castro García  (www.patentes.com.pe )

Publicado: 2014-07-01

La Comisión de Signos Distintivos  del INDECOPI en una nueva Resolución de fecha 23 de junio pasado y notificada a las partes el día de hoy, 01 de julio de 2014, acaba de prohibir a Editorial Nilai S.A.C. usar los nuevos signos que venían utilizando desde el 24 de mayo pasado a raíz de una anterior medida cautelar en la denuncia interpuesta por JOSÉ LOLAS MIANI, titular de la marca registrada "LA PR1MERA" bajo 4 Certificados de Propiedad, todos vigentes a la fecha.

Dicha nueva prohibición de la Autoridad de Marcas comprende no solo el logotipo del Número "1" que viene empleando el ex diario "La Pr1mera" de Arturo Belaunde ( ver imágenes de arriba ), sino adicionalmente el dominio de internet WWW.LAPRIMERAPERU.PE que venía utilizándolo como marca de producto dado que en forma maliciosa la venía colocando en los encabezados de las portadas a título de marca.

Esta nueva resolución de la Comisión de Signos Distintivos del INDECOPI se da a raíz de la variación del signo que venía utilizando dicho diario, ahora poniendo el "1" en un cuadrado, con la banderita peruana y con los mismos colores, creando con ello una CONFUSIÓN IDEOLÓGICA entre las marcas y en función "a la defensa del interés público, para que el consumidor no sea objeto de posibles engaños que lo lleven a incurrir en error al realizar la elección de los productos o servicios que desea adquirir o contratar", como señala la resolución.

De esta manera, el único que podrá editar, imprimir y comercializar una publicación con la marca "LA PR1MERA" podrá ser JOSÉ LOLAS MIANI o persona o empresa autorizada por él.

La resolución también indica que el incumplimiento de dichas medidas cautelares está sujeto a una multa de hasta 150 UIT ( unos S/.570,000.00 aproximadamente ), multa que puede ser doblada sucesivamente hasta que se cumpla la medida. Esto sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.






Escrito por

JULIO CASTRO GARCÍA

Abogado experto en Marcas & Patentes, Derecho de Autor,Competencia Desleal y en temas de INDECOPI. WWW.PATENTES.COM.PE


Publicado en

Temas Marcarios de Casos en INDECOPI.

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